Así como para poder elegir el préstamo más conveniente se utiliza como punto de referencia el Costo Anual Total (CAT), a partir de abril de 2011 existe la Ganancia Anual Total (GAT) para comparar las cuentas de ahorro.
Por lo tanto los ahorradores pueden elegir según la GAT en que banco depositar sus recursos, con ese dato que será obligatorio publicar, podrán saber que ganancia y que rendimientos obtendrán por el dinero depositado.
Es obligatorio desde el 31 de marzo de 2011 que los bancos publiquen y den a conocer de forma fehaciente a sus clientes la GAT tanto en los contratos de adhesión, como en la caratula de éste y en la publicidad del producto.
La GAT se da a conocer en términos porcentuales anuales con la finalidad de informar y comparar los intereses nominales capitalizables que generen las operaciones pasivas a plazo, cuentas depósitos, y cuentas de ahorro.
Con este indicador porcentual se dará a conocer el rendimiento neto que pagan las instituciones por los recursos captados. Será neto ya que no incluye el pago de comisiones.
La finalidad es generar en los usuarios una forma más ágil de comparar las diferentes ofertas de ahorro o inversión.
Además, este nuevo índice ayuda a promover la competencia entre las entidades, buscando de esta forma beneficiar a la población.
Formula para cálculo de la GAT
Modificaciones a las disposiciones que establecen la metodología de cálculo, fórmula, componentes y supuestos de la Ganancia Anual Total (GAT) (ver circular en el DOF).
Cálculo y utilización de la GAT
“Las Entidades deberán calcular la GAT, tanto en términos nominales como reales, respecto de las operaciones pasivas que celebren de las referidas en el numeral siguiente, utilizando la metodología, fórmula, componentes y supuestos, que se describen en estas Disposiciones.”
Tipos y montos de operaciones pasivas
“Las Entidades deberán observar lo establecido en las presentes Disposiciones respecto de las operaciones de los tipos que se indican a continuación, que aquellas celebren o que ofrezcan celebrar con sus Clientes, por montos de principal inferiores al equivalente en moneda nacional a 400,000 UDIS:
a) Depósitos retirables con previo aviso; depósitos retirables en días preestablecidos; depósitos de ahorro; depósitos a plazo fijo; así como préstamos documentados en pagarés con rendimiento liquidable al vencimiento;
b) Otras operaciones pasivas que, en su nombre, publicidad o propaganda, incluyan las palabras “ahorro” o “inversión”, o bien, que en la información que describa a dichas operaciones, haga suponer al público que se tratan de productos financieros de ahorro o inversión
c) Operaciones pasivas que, independientemente de que no sean ofrecidas como productos de ahorro o inversión, sean productos dirigidos a menores de edad.”
GAT real
Las Entidades deberán calcular la GAT real a partir de la GAT nominal y con base en la inflación esperada para los 12 meses siguientes al momento de celebrar la operación de que se trate, en los términos que se indican a continuación.
Calculadora de Ganancia Anual Total (GAT)